A la atención del Ministerio de Trabajo y Economía Social
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo
26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Madrid, a 19 de septiembre de 2025
La Asociación Española de Expertos en Relación con Clientes (AEERC), asociación sin ánimo de lucro con 25 años de trayectoria en la dinamización y promoción de la industria de la Atención al Cliente, presenta sus aportaciones al proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla el Estatuto de los Trabajadores en materia de registro de jornada. Nuestra asociación representa a profesionales y empresas que realizan actividades de atención al cliente a distancia y back office, un sector de gran relevancia para la economía española, el empleo y la innovación.
1. Consideraciones generales sobre la nueva regulación
Desde la AEERC, consideramos que la nueva regulación proyectada introduce una rigidez excesiva que no se adapta a la realidad heterogénea de las empresas en nuestro sector. Si bien compartimos la necesidad de garantizar los derechos laborales, creemos que la normativa presenta los siguientes problemas significativos que deben ser abordados para lograr un equilibrio entre protección y flexibilidad:
- Invasión de la negociación colectiva: La regulación interviene de forma injustificada en un espacio que tradicionalmente pertenece a la negociación colectiva, limitando la capacidad de empresas y trabajadores para acordar soluciones adaptadas a sus necesidades específicas.
- Ausencia de ayudas para PYMES: La obligatoriedad de implementar registros digitales supone una carga económica considerable para las pequeñas y medianas empresas. La falta de ayudas públicas para afrontar estas inversiones dificulta su cumplimiento y sostenibilidad.
- Problemas legales: La normativa plantea serias dudas jurídicas en relación con la protección de datos personales de los Además, se comprometen los derechos de defensa de las empresas, lo que podría vulnerar el principio de tutela judicial efectiva.
2. Propuestas de mejora
Con el objetivo de corregir estas deficiencias técnicas, proponemos los siguientes 10 cambios que otorgan confianza a la negociación colectiva para una mayor flexibilidad y realismo, junto con ayudas públicas a las inversiones en digitalización.
- Reconocimiento legal del uso de huella dactilar como medio de identificación en los sistemas de registro horario, siempre que se cumpla la normativa de protección de datos.
- Establecer un plan de ayudas públicas específico para PYMES que les permita afrontar la inversión necesaria para la implantación de sistemas de registro digital.
- Solicitar un informe previo y preceptivo de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) antes de habilitar el control remoto de la Inspección de Trabajo, garantizando la seguridad de la información.
- Permitir un margen de adaptación a través de la negociación colectiva o protocolos empresariales, reconociendo las particularidades de cada sector y
- Sustituir la sanción por trabajador afectado por preavisos o sanciones proporcionales a la gravedad del incumplimiento, permitiendo a las empresas corregir sus errores sin incurrir en penalizaciones desproporcionadas.
- Incluir el falseamiento de datos de registro por parte de los empleados como una causa legal de despido disciplinario, en aras de la fiabilidad del sistema.
- Eliminar las presunciones legales automáticas en favor del trabajador ante supuestos incumplimientos de las empresas, garantizando la presunción de inocencia y el derecho a la defensa.
- Prever legalmente exclusiones justificadas del registro para ciertos colectivos o situaciones laborales que, por su naturaleza, no se adapten a la rigidez del
- Habilitar expresamente la negociación colectiva o los protocolos empresariales para adaptar la forma y el contenido del registro de jornada, y el acceso a la información del mismo.
- Establecer un plazo de al menos un año para la entrada en vigor de la nueva normativa, permitiendo a las empresas y trabajadores un periodo adecuado de adaptación e implementación de las medidas necesarias.
Esperamos que estas aportaciones sean tenidas en cuenta en la elaboración del proyecto de Real Decreto, en beneficio de la seguridad jurídica, la competitividad de las empresas y la adecuada protección de los trabajadores.
Atentamente,
José Francisco Rodriguez
Presidente de la AEERC
Sobre AEERC.
La Asociación Española de Expertos en Relación de Clientes (AEERC), asociación sin ánimo de lucro que representa a un grupo de profesionales y empresas de la industria de Atención al Cliente desde hace 25 años, para dinamizar, mejorar y promover acciones de influencia para a través del diálogo, formación, comunicación, estudios y encuentros, se ponga en valor la importancia de esta industria tanto para la economía de mercado española, la sociedad, el empleo y la importante labor en materia de innovación, contribuyendo al reconocimiento socio-económico del sector, y que representa a empresas que directamente o mediante subcontratación realizan actividad de atención al cliente telefónico o a través de otros canales a distancia o de back office.
Sobre CEX.
La Asociación de Compañías de Experiencia con Clientes (Asociación CEX) es una entidad sin ánimo de lucro fundada en 1989 y que se encuentra integrada a su vez dentro de la Asociación Española de la economía Digital (Adigital). Es, además, la patronal del sector, negociando el convenio sectorial y actualmente, representa al 85% de la facturación de los outsourcers que prestan servicios de Contact Center a terceros y soluciones personalizadas de Experiencia de Cliente a empresas, generando unos 100.000 empleos.